«Los complementos del verbo
Al igual que el sustantivo y el adjetivo, también el verbo tiene dos tipos básicos de complementos:
Argumentos: son complementos necesarios para el verbo; es decir, el verbo los rige o exige. Sin ellos, o la oración es agramatical o el verbo presenta otro significado.
Entre los argumentos se encuentran los complementos directos, los complementos de régimen o regidos, algunos complementos indirectos y otros complementos adverbiales, que la gramática tradicional trataba entre los complementos circunstanciales, así como los atributos:
Tengo frío [CD] en el despacho.
Confío siempre en mi familia [CR].
He dado un libro [CD] a María [CI].
Esa casa cuesta mucho [C. adv.].
María reside en Madrid [C. adv.]
Puse el libro [CD] en la mesa [C. adv.].
El niño se quedó triste [atrib.]
Adjuntos: son complementos no exigidos por el verbo; sin ellos, la oración es gramatical y el verbo no cambia de significado. Entre ellos se encuentran los complementos circunstanciales propiamente dichos, algunos complementos indirectos, los dativos y los predicativos:
Ayer [CC] vi a Juan en el parque [CC].
Pinté un cuadro a mi madre [CI].
Trajeron limpia [predic.] la ropa.»
[Gómez Torrego, Leonardo: Gramática didáctica del español. Madrid: sm, 2000, p. 297]